Es una medida de emergencia para riesgos de impagos La reunificación de préstamos es una práctica financiera que los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito siempre han contemplado como alternativa para aquellos clientes que se encontraban en una situación de riesgo de impago. Se consideraba principalmente como una medida de emergencia, a la que se recurría en ocasiones muy contadas para hacer frente a circunstancias que no podían ser afrontadas de otra manera, y para ayudar a buenos clientes a superar una situación delicada.
Empresas mediadoras de servicios Desde hace años han proliferado las entidades de carácter no bancario que ofrecen la reunificación de préstamos entre sus servicios. Por lo general, estas empresas ejercen de mediadores entre el cliente y la entidad o entidades bancarias con las que este haya contraído las deudas, y negocian un nuevo crédito en unas condiciones ventajosas para el interesado. Tanto en Internet como en los medios de comunicación tradicionales encontramos numerosos anuncios de este tipo de compañías.
Valor añadido por las empresas mediadoras Así, se libera al cliente del proceso de rastreo entre los diferentes créditos disponibles en el mercado hasta encontrar el que mejor se adapte a sus necesidades, así como de la negociación con las distintas entidades implicadas en la operación. Se trata de un servicio que puede resultar muy útil a algunas personas, que no obstante deberán tener en cuenta los costes que supondrá dicha mediación. Es recomendable pedir información detallada de los mismos desde un principio.
Recomendación del Banco de España El Banco de España recomienda a su vez contratar tan solo los servicios de empresas que formen parte de sus registros oficiales, lo que nos garantiza un control sobre sus prácticas y condiciones. Por otro lado, hemos de observar que una reunificación de préstamos conlleva una serie de gastos, como pueden ser los que suponen la penalización por cancelación anticipada de un préstamo, la formalización de uno nuevo, o los gastos notariales y de registro habituales. |